Ser cuidadora o cuidador de una niña o niño con discapacidad es una labor sin descanso, siendo la mayoría de las veces las madres quienes cumplen dicha función y en muchas ocasiones en hogares monomarentales.
Por eso, Diana Cornejo, madre cuidadora y vocera de la Fundación Ley Mila, compartió a través de su cuenta de Instagram un práctico resumen de normativas que «toda mamá cuidadora debería saber».
Ley Mila (Ley 21372)
Esta normativa garantiza el acompañamiento 24/7 a hijas y/o hijos con discapacidad en caso de hospitalización. Además de tener que velar por condiciones dignas para las madres cuidadoras.
Normativa completa https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1166183
Sistema Chile Cuida (Ley 21805)
Esta ley creó el Registro Nacional de Cuidadoras y la Credencial de persona cuidadora. Con este documento (físico o digital) junto con la cédula de identidad, se debe garantizar la atención preferencial en servicios públicos, además de programas de respiro y protección a quienes realizan esta labor.
Normativa completa: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1221443
Conciliación (Ley 21645)
Si tienes una hija o un hijo menor de 14 años que tiene discapacidad y/o dependencia severa, esta normativa da el derecho de solicitar la modalidad de teletrabajo si la función lo permite.
La solicitud se hace por escrito y el empleador tendrá un plazo de 15 días para contestar.
Normativa completa: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1199604
Ley de Autismo (21545)
Esta normativa respalda que ningún establecimiento educacional puede negar la matrícula a un estudiante autista. Además, obliga a la implementación de ajustes, apoyos y trato.
En tanto, para la persona cuidadora, tiene la garantía de solicitar permiso laboral en caso de una crisis o desregulación de una hija o hijo.
Normativa completa: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1190123
Ley de Urgencia (Ley 19650)
En algunos casos, las niñas o niños en situación de discapacidad pueden tener crisis convulsivas o urgencias vitales.
Frente a estos casos, ninguna clínica puede negar la atención (urgencia vital con riesgo de muerte o secuela grave) ni exigir cheque en garantía.
Primero debe velarse por la estabilidad de esa niña o niño, antes de cualquier cobro.
Normativa completa: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=149846
Para conocer otras normativas más, pueden revisarlas a continuación en la publicación de Diana Cornejo.
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