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Leyes

Corte Suprema deja sin efecto instrucción de la SEC que obligaba a la entrega permanente de equipos de respaldo para personas electrodependientes  

El Tribunal Supremo acogió el reclamo de Enel. 
Hombre electrodependiente acostado
Créditos: APEPOC

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) había presentado un oficio que instruía a la empresa Enel entregar de manera permanente equipos de respaldo para las personas electrodependientes.  

Según informó el portal Actualidad Jurídica (AJ), «Enel reclamó ante la Corte de Santiago alegando que la SEC había excedido sus potestades interpretativas y creado obligaciones no contempladas en la ley ni en el reglamento. Sostuvo, principalmente, que el artículo 207-3 de la Ley General de Servicios Eléctricos y el artículo 15 del Reglamento sobre suministro de electricidad para personas electrodependientes contemplaban expresamente la entrega temporal o permanente, sin imponer una modalidad única».

Por su parte, la SEC pidió rechazar dicho reclamo explicando que lo solicitado se sustentaba en sus facultades legales de fiscalizar, adoptar e interpretar medidas correctivas y que «el artículo 207-3 obligaba a implementar eficaz y oportunamente las mejores soluciones técnicas disponibles para mitigar los efectos de las interrupciones sobre las personas electrodependientes», consigna el portal AJ.

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Sin embargo, Enel insistió en que esa interpretación permitía a la SEC modificar administrativamente el artículo 207-3, eliminando la alternativa de entrega temporal que se reconoce en la ley.  

Finalmente, la Corte Suprema acogió el reclamo de Enel y dejó sin efecto -únicamente- el apartado de la obligatoriedad de entrega permanente, y ante una eventual suspensión del suministro, de equipos de respaldo.