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Nacional

Hogares con personas electrodependientes no necesitan postular al subsidio eléctrico: revisa cómo funciona

En estos casos no importa el tramo de la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.
Persona electrodependiente y una gráfica de llamado al subsidio eléctrico
Créditos: Gobierno de Chile

Este martes 26 de mayo comenzó la quinta convocatoria al subsidio eléctrico, proceso que se extiende hasta el próximo viernes 5 de junio, y que tendrá sus resultados en el mes de agosto. 

Aunque en la generalidad para poder postular a dicho proceso es necesario encontrarse en el tramo 0% a 40% de Calificación Socioeconómica en el Registro Social de Hogares (RSH), hay un grupo que está exento de ello: hogares con –al menos- un integrante que sea electrodependiente. 

En el sitio de Subsidioelectrico.cl se explica que en dichos casos no es necesario que «soliciten el beneficio, debido a que su postulación será automática independiente del tramo de la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares en el que se encuentren». 

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Agregando a lo anterior que «en estos casos, solo será requisito que dichos hogares se encuentren registrados en el Registro Social de Hogares y que las personas electrodependientes estén inscritas en el Registro de Personas Electrodependientes a las fechas establecidas para cada convocatoria. El Registro de Personas electrodependientes está establecido en el artículo 207-2 de la Ley General de Servicios Eléctricos, regulado por el Capítulo I, del Título II, del Decreto Supremo N°65/2021». 

En este último llamado, las personas electrodependientes deben estar en el registro vigente a marzo de 2026. En caso de no ser así, es necesario que dicho trámite se realice en la compañía o cooperativa eléctrica correspondiente a la vivienda que habita. 

Para lo anterior hay que presentar una solicitud que incluya: 

  • Nombre completo y documento de identidad de la persona electrodependiente, y de su representante legal o apoderado en caso de que corresponda. 
  • Datos de contacto. 
  • Domicilio donde reside la persona electrodependiente. 
  • Copia de la boleta de electricidad emitida por la empresa o cooperativa eléctrica, asociada al domicilio donde reside la persona electrodependiente. 
  • Certificado suscrito por el médico tratante. 

Apenas se esté inscrito, el Estado debería realizar la postulación automática al subsidio eléctrico, dando prioridad en la asignación del apoyo.